
Con el objetivo de evitarle a las personas contribuyentes las implicaciones que conlleva la asignación del estado “Baja Temporal”, la Dirección General de Tributación inició un plan para incentivar la presentación de las declaraciones pendientes.
Si bien este plan contempla la comunicación con las y los contribuyentes para informarles sobre su condición tributaria, en ningún momento la Administración Tributaria solicitará datos personales, claves o información de cuentas bancarias, ni accesos remotos a computadoras o teléfonos móviles.
“Baja Temporal” es el estado tributario que se la asigna a quienes en los últimos tres periodos fiscales o más no han presentado las declaraciones de los impuestos en los que estén inscritos como contribuyentes, y se aplica luego de que la Administración Tributaria ha agotado varias gestiones para recordarles el cumplimiento de las obligaciones tributarias que tienen pendientes.
Quienes tengan esta condición no podrán emitir comprobantes electrónicos; los facturadores privados rechazarán estos comprobantes, por lo que no podrán respaldar las operaciones económicas del emisor y del receptor de este; no podrá presentar declaraciones en el impuesto sobre el valor agregado (IVA) e impuesto sobre las utilidades, según corresponda; y no podrá realizar trámites ante el Registro Único Tributario por medio de la plataforma de la Administración Tributaria Virtual (ATV).
Las personas que deseen saber el estado en que se encuentran pueden consultarlo en la página web del Ministerio (www.hacienda.go.cr), sección “Servicios más utilizados”, ícono “Situación Tributaria”, con solo anotar el número de cédula física o jurídica. Para modificar esta condición, deberán solicitarlo a la Administración Tributaria por medio de la plataforma para trámites virtuales (TRAVI), ingresando su solicitud en la gestión “Solicitar estudio por estado tributario de baja temporal”.
Para más información, el interesado puede comunicarse por medio del Travi ChatBot o al teléfono 2539-4000.



